Con la llegada de las temperaturas frías muchos propietarios apuestan por arreglar los cerramientos o, incluso, cerrar definitivamente una terraza. Una de las opciones son las cortinas de cristal que se pliegan y son transparentes, pero, ¿es necesario permiso de la comunidad?
Según la normativa vigente: La instalación de la cortina de cristal constituye un cerramiento por lo que, al suponer una modificación de la configuración originaria de la fachada, en virtud del art. 10.3.b de la LPH requerirá la previa adopción de un acuerdo al respecto por las 3/5 partes de la totalidad de propietarios y cuotas y la correspondiente autorización administrativa.
Con lo que si una mayoría suficiente de propietarios no acepta la instalación, el propietario no podrá realizar la instalación.
También es muy importante consultar el Título Constitutivo, los Estatutos de la Comunidad si esta dispone de los mismos, o bien el registro del Libro de Actas, ya que si la posibilidad de hacer obras de cerramiento de las terrazas está incluida en alguno de esos documentos, el vecino interesado en el cerramiento solo tendrá que comunicarlo debidamente al Presidente, informando de la fecha del inicio de las obras.
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Administración Fincas Castillo, tu administrador de fincas en Boadilla del Monte (Madrid).